miércoles, diciembre 07, 2005

CLASIFICACIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS

Baja tensión

De acuerdo con los Artículos 3 y 4 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, las instalaciones eléctricas de baja tensión son aquellas cuya tensión nominal es igual o inferior a 1.000 V para corriente alterna y 1.500 V para corriente continua.

Alta Tensión

De acuerdo con la Instrucción Técnica Complementaria 01 (ITC-MIE-RAT-01) del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantía de Seguridad en Centrales Eléctricas y Centros de Transformación, son las instalaciones en las que la tensión nominal es superior a 1.000 Voltios en corriente alterna.

Tensiones de seguridad

En la ITC-BT-01, dedicada a la terminología, del Reglamento Electrotécnico para BT (aprobado por el RD 842/2002), no se incluye la definición formal de «tensiones de seguridad» (en el anterior REBT, aprobado por el Decreto 2431/1973, de 20 de septiembre, se fijaban como tensiones de seguridad 24 voltios, valor eficaz, para locales o emplazamientos húmedos o mojados, y 50 voltios para locales o emplazamientos secos).

No obstante, en la ITC-BT-36 del actual Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión se consideran tres tipos de instalaciones a muy baja tensión: Muy Baja Tensión de Seguridad (MBTS), Muy Baja Tensión de Protección (MBTP) y Muy Baja Tensión Funcional (MBTF). En los tres casos, la tensión nominal no excede de 50 voltios en c.a. y 75 voltios en c.c.: